Es la modalidad de crédito otorgado con recursos de la Cooperativa para el desarrollo de la educación formal o no formal del Asociado y su núcleo familiar, destinado al pago de obligaciones contraídas por concepto de matriculas, pensiones, libros, útiles escolares, Computadores, accesorios para computadores, Equipos Médicos, Odontológicos, pago de hospedaje y manutención de los hijos que estudien en una ciudad distinta a la de la residencia del Asociado y demás implementos necesarios para estudios en primaria, secundaria, técnicos, tecnólogos y superiores.
1.1. REQUISITOS
Los requisitos generales contenidos en el Articulo 4º de la presente Reglamentación de crédito.
Además de los requisitos generales, el solicitante debe presentar los Certificados de matrícula o constancia de deuda por concepto de pensiones o certificación expedida por el proveedor oferente, de acuerdo con el destino específico del crédito.
PARAGRAFO 1: Este crédito se concederá para cancelar por una sola vez, cada periodo escolar, de acuerdo al concepto del mismo.
PARAGRAFO 2: Los equipos de odontología, de computación, medicina y otros elementos especializados, se cancelarán con cheque girado a nombre de quien expida la cotización.
PARÁGRAFO 3: Las constancias, certificaciones, cotizaciones y demás documentos deben ser presentados en original y tener un tiempo de expedición no mayor de treinta (30) días calendarios, igual término se aplicará a los recibos cancelados que se utilicen como soporte.
PARÁGRAFO 4: Cuando se trate de créditos para pago de hospedaje y manutención de los hijos que estudien en localidades distintas a la de residencia del asociado, se requiere presentar los documentos que soporten este hecho y el cupo máximo será de 2 SMMLV durante el periodo académico.
FORMAS DE DESEMBOLSO
Para pago de matrículas y/o pensiones, compras de equipos odontológicos, de computación, accesorios de computadores, equipos médicos, el desembolso se hará a nombre de la entidad a través de una orden cuando exista convenio con CEDEC, en caso contrario se girará con cheque a favor de la entidad beneficiaria del pago. Para el caso de hospedaje y manutención, el cheque se girará a favor del Asociado solicitante.