Es la modalidad de crédito otorgado con recursos propios de la Cooperativa, destinado exclusivamente para atender toda contingencia calamitosa del Asociado y/o personas legalmente inscritos en el registro social de CEDEC, tales como gastos funerarios, hospitalizaciones, intervenciones quirúrgicas, exámenes de laboratorio, medicamentos, tratamientos médicos en general, además para la reposición de artículos y/o muebles, enseres de primera necesidad ocasionada por perdidas en incendios, inundaciones, terremotos, robos, daños en general y el embargo de la vivienda, por crédito hipotecario con personas jurídicas, donde habita el asociado, admisión del proceso jurídico emitida por jueces del poder judicial . También servirá para atender las perdidas o accidentes en aquellos activos que se utilizan para el sostenimiento de su núcleo familiar. Teniendo en cuenta el Articulo 3º, políticas de créditos, el cupo máximo podrá excederse hasta el 500% de sus Aportes, previo estudio de la capacidad de pago.
3. REQUISITOS
a. Los requisitos generales contenidos en el Articulo 4º de la presente Reglamentación de Crédito.
b. Certificación de la calamidad, de acuerdo al evento.
PARAGRAFO 1: Para el caso de robos de muebles y artículos de primera necesidad, deberá presentar original de la denuncia ante las autoridades competentes, de acuerdo a la cuantía del hurto.
PARAGRAFO 2: El desembolso de los créditos para trabajos odontológicos y/o de alguna de sus especialidades, será: giro del cincuenta por ciento (50%) al inicio del mismo y el otro cincuenta por ciento (50%) finalizado éste, previa presentación de la certificación expedida por el profesional.
PARAGRAFO 3: Para la reposición de artículos y/o bienes muebles y enseres, la Cooperativa lo hará mediante ordenes previa presentación de las cotizaciones respectivas.
PARAGRAFO 4: Cuando se trate de calamidades que requieran la prestación de servicios médicos, quirúrgicos, hospitalarios o drogas y quien preste el servicio por cualquiera de estos conceptos, no sea proveedor de CEDEC se girará el cheque a nombre de la entidad o profesional respectivo.